Define requisitos, criterios y condiciones para presentar reclamaciones y demás asuntos relacionados con víctimas de accidentes de tránsito, eventos terroristas y catastróficos de origen natural presentados ante la ADRES.
Minsalud con el fin de promover la eficiencia en la gestión de los recursos y la implementación de la facturación electrónica, establece el procedimiento, los requisitos, criterios y condiciones para el trámite de las reclamaciones y el pago a cargo de la ADRES, por concepto de servicios de salud y prestaciones económicas derivadas de accidentes de tránsito, eventos catastróficos y terroristas. De su contenido se destaca:- Ámbito de aplicación: ADRES, personas naturales y jurídicas legitimadas para reclamar y aseguradoras autorizadas para operar el SOAT.
- Responsabilidad de los prestadores de servicios de salud: Deberán entre otras cosas:
- Adoptar mecanismos para garantizar la adecuada recopilación de información.
- Atender de manera oportuna los requerimientos realizados por la ADRES
- Certificar que los servicios reclamados fueron prestados como consecuencia de un evento con cargo a los recursos administrador por la ADRES.
- Las IPS, previo a la radicación de reclamaciones deberán registrarse ante la ADRES conforme al procedimiento que la misma establezca.