Modificación plan de visitas de verificación, responsabilidad en validación de la información y reglas de transitoriedad por finalización de emergencia sanitaria
Se modifica el plan de visitas de verificación a los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS. En síntesis, se destaca:- Los prestadores de servicios de salud deberán reportar diariamente la capacidad instalada correspondiente a los servicios del grupo de servicios de intermediación y servicio de urgencias, y en los cinco primeros días de cada mes las atenciones en telemedicina.
- Se establece el procedimiento transitorio para el cierre o habilitación de los servicios autorizados transitoriamente durante la emergencia sanitaria