Proyecta reglamentación del reporte de los hechos vitales de Nacimientos y Defunciones a través de la Plataforma de Registro Único de Afiliación al Sistema de la Protección Social
Este proyecto pretende reglamentar el reporte de los hechos vitales de nacimientos y defunciones a través de la Plataforma de Registro Único de Afiliación al Sistema de la Protección Social RUAF-ND vigente del Ministerio de Salud y Protección Social. De su contenido se destaca:- Son responsabilidades de los actores, el reporte de hechos vitales de Nacimientos y Defunciones a través de la plataforma tecnológica RUAF-ND.
- El reporte oportuno de los hechos vitales será de manera inmediata a la ocurrencia de estos y hasta 24 horas, garantizando el proceso de la consulta y verificación de datos por parte del Registro Civil y de las respectivas secretarias de salud para los trámites administrativos de inhumación, cremación y traslado de cadáveres.
- Es responsabilidad del personal de salud autorizados por el Decreto número 1171 de 1997 e IPS, realizar la medición de indicadores de calidad, cobertura y oportunidad de los datos reportados, con la finalidad de realizar seguimiento, evaluación y análisis de la gestión de los hechos vitales de nacimientos y defunciones.
- Entidades contarán con un plazo 1 mes a partir de la fecha de publicación de este acto administrativo para dar cumplimiento a lo allí dispuesto.