Proyecta modificación al reintegro de recursos del SGSSS apropiados o reconocidos sin justa causa
MinSalud proyecta ajuste al procedimiento de reintegro de recursos del SGSSS apropiados o reconocidos sin justa causa para permitir la celebración de acuerdos de pago hasta un mes después de la firmeza del acto administrativo que ordena el pago; y, además, proyecta distinción entre las entidades que operan el aseguramiento, de las que se encuentran bajo medidas de vigilancia especial, intervenidas o en proceso de liquidación. Del proyecto destaca:- El deudor podrá solicitar que los recursos a reintegrar se le descuenten hasta en 24 cuotas iguales, que no podrán ser inferiores a 2.000 UVT.
- En las EPS que sean objeto de medida administrativa de intervención forzosa para liquidar o soliciten retiro voluntario, el valor adeudado será compensado en los procesos que administre la ADRES; si no es suficiente, EPS debe reintegrar.
- Reglamenta el proceso de descuento mensual a la EPS hasta lograr el reintegro total de los recursos.