Proyecta adición de parágrafo en relación con el monto a reconocer por las pruebas COVID-19 realizadas desde el 17 de marzo al 25 de agosto de 2020
Se pretende incluir un incluir un parágrafo aclaratorio al artículo 4 de la resolución 2461 de 2020, donde se precisa que el valor fijado corresponde al reconocimiento dado a cada EPS como persona jurídica, es decir que se incluye movilidad de ambos regímenes. Lo anterior con el propósito de que la ADRES continúe con el proceso de validación, reconocimiento y pago de pruebas COVID-19 realizadas entre el 17 de marzo y el 25 de agosto de 2020.
El parágrafo proyectado: “El resultado del monto a reconocer para las EPS y demás EOC por movilidad se encuentra contenido en el valor asignado al código de la EPS o EOC del régimen correspondiente.”
Se recibirán comentarios hasta el 16 de mayo de 2022.
(MinSalud, Proyecto de Resolución, 11-may-22)
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