RIPS

Se determinarían los datos que deben reportar los diferentes integrantes del Sistema General de Seguridad Social en relación con los servicios y tecnologías de salud prestadas a la población, así como las reglas de validación que deben aplicarse a los mismos. Los RIPS de todas las atenciones de salud realizadas deberían enviarse como soporte de la factura electrónica de venta de las mismas a la entidad responsable de pago, con las especificaciones definidas por el Ministerio de Salud y Protección Social. La generación y el uso de los datos de los RIPS es obligatoria y se constituye en fuente de información autorizada para los procesos de prestación de servicios de salud y su facturación, y deben ser consistentes con la factura de venta y los soportes de ésta.
Minsalud, Proyecto de Resolución

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