Se actualizarían integralmente los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la UPC
El presente proyecto tiene por objeto actualizar integralmente los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la UPC, que deberán ser garantizados por las EPS, o por las entidades que hagan sus veces, a los afiliados al SGSSS, en el territorio nacional, en las condiciones de calidad establecidas por la normatividad vigente. De su contenido se resalta:- Los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la UPC incluyen la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad y que se constituye en un mecanismo de protección al derecho fundamental a la salud.
- Los procedimientos incluidos se describen en términos de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS) y se consideran financiados con recursos de la UPC los contenidos en los Anexos Nos. 2 y 3 del presente acto administrativo.
- Se establecen los principios generales y un glosario para facilitar la aplicación y dar claridad.
- Se fijan las condiciones de acceso a los servicios y tecnologías de salud.
- Se establecen disposiciones para la promoción de la salud y prevención de la enfermedad, la recuperación de la salud, los procedimientos, medicamentos, dispositivos médicos, salud mental, atención paliativa, entre otros.