Proyecta criterios para la compra centralizada, distribución y suministro de los medicamentos para el tratamiento de enfermedades huérfanas financiados con recursos de Presupuestos Máximos

Establecería los criterios bajo los cuales el MinSalud, podrá realizar la compra centralizada de medicamentos prescritos para el tratamiento de enfermedades huérfanas, señalando pautas para su distribución y suministro, así como las reglas para el seguimiento del medicamento. De su contenido se destaca:
  1. Aplica para EPS e IPS.
  2. Establecería los siguientes criterios para la compra centralizada de medicamentos, en las cantidades y acorde con las necesidades de atención de los pacientes diagnosticados:
-Medicamentos que atiendan enfermedades de baja prevalencia y dealtocosto o necesidades terapéuticas insatisfechas. -Medicamentos que presenten o puedan presentar un impacto financiero sobre el SGSSS. -Evidencia científica disponible sobre la efectividad y seguridad de los tratamientos. -Disponibilidad de recursos financieros para la compra.
  1. La compra centralizada estos medicamentos se hará con cargo a los recursos no UPC.
  2. MinSalud entregará el medicamento nacionalizado al operador logístico de las EAPB, el cual realizará la distribución en el territorio nacional a través de su red de prestadores.
  3. Será responsabilidad de las EAPB, garantizar la oportunidad en el diagnóstico, tratamiento y entrega del medicamento, según la prescripción del médico tratante.
  4. El personal de salud a cargo deberá garantizar, el reporte al SIVIGILA y a la Cuenta de Alto Costo de las atenciones ofrecidas.
Se recibirán comentarios hasta el 10 de febrero de 2025.
(MinSalud, Proyecto de Resolución, 23-ene-25)

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