Proyecta reglamentación del manejo y gestión integral de cadáveres en el ámbito hospitalario, extrahospitalario y funerario.

Minsalud busca señalar las directrices en relación con la atención post mortem dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud. De su contenido se destaca:
  • Principios orientadores para la gestión del cadáver:
  1. Principio de precaución: Todos los cadáveres deberán ser considerados como potencialmente infectantes, por lo cual se deben tomar las precauciones necesarias para disminuir los riesgos y evitar la ocurrencia de accidentes.
  2. Principio de dignidad humana: Entendido como el merecimiento de un trato especial que tiene toda persona por el hecho de ser tal.
  • Las IPS son responsables de la prestación de servicios en la primera fase de atención post mortem de las personas fallecidas que pertenecen a la población afiliada.
 
  • Se establecen los lineamientos que deben cumplir las IPS en los siguientes casos:
  1. Muerte natural ocurrida en la IPS.
  2. Muerte natural ocurrida en el domicilio.
  3. Muerte no natural ocurrida en la IPS.
  4. Muerte no natural ocurrida en otro espacio fuera de la IPS y el domicilio.
  5. Las IPS deben llevar registro de entrega y recepción de cadáveres.
Se reciben comentarios hasta el 31 de diciembre de 2024.  
Minsalud, Proyecto de Resolución, 18-dic-24

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