Proyecta los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud

Pretende adoptar los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud. De su contenido se destaca:
  1. Aplica para EAPB, IPS y talento humano en salud, entre otros.
  2. La rehabilitación en salud está dirigida a todas las personas que presentan condiciones de salud, que pueden generar necesidades de rehabilitación en salud relacionadas con diversos estados de alteración del funcionamiento humano de tipo transitorio o permanente, y que al ser intervenidas pueden generar beneficios.
  3. Establecería disposiciones para la gobernanza y gobernabilidad en rehabilitación en salud.
  4. Las EAPB o quien haga sus veces deberán ampliar su oferta de servicios de rehabilitación en salud, a través de sus prestadores de servicios de salud.
  5. El ciclo de rehabilitación en salud será garantizado por las EAPB o quien haga sus veces a través de sus prestadores de servicios de salud.
  6. Fija responsabilidades de las EAPB e IPS.
  7. Los servicios y tecnologías en salud que hacen parte del PBS requeridos para la rehabilitación en salud serán financiados con los recursos del sistema de salud destinados para el aseguramiento.
Se recibirán comentarios hasta el 26 de diciembre de 2024.
(MinSalud, Proyecto de Resolución, 19-dic-24)

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