Proyecta el Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud

Se adoptaría el Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud y las instrucciones para su diligenciamiento contenidos en los Anexos Técnicos No. 1: "Formulario único de afiliación y registro de novedades al sistema general de seguridad social en salud" y Anexo No. 2: "Instructivo para el diligenciamiento del formulario único de afiliación y registro de novedades al sistema general de seguridad social en salud". De su contenido se destaca:
  1. El Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud podrá presentarse por los usuarios de manera física o digital.
  2. Para la presentación de manera digital, las EPS deberán disponer los canales electrónicos necesarios para la recepción de la información.
  3. Cuando el usuario radique el Formulario en físico, la EPS está en la obligación de recepcionarlo y tramitar inmediatamente la respectiva novedad.
  4. La información del Formulario junto con los documentos que han sido adjuntados en el proceso, debe ser almacenada y conservada de acuerdo con las reglas del Archivo General de la Nación.
  5. Las EPS deberán disponer a las Entidades Territoriales en el marco de sus competencias y a las EPS a donde se trasladen los afiliados, la información del Formulario.
  6. Las EPS contarán con un término de 03 meses contados a partir de la publicación de la presente resolución para su implementación.
  7. Se derogaría la Resolución 974 de 2016.
Se recibirán comentarios hasta el 09 de julio de 2024.
(MinSalud, Proyecto de Resolución, 05-jul-24)

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