Proyecta modificación sobre aspectos administrativo legales, aspectos de calidad relacionados con cambios de riesgo menor y medidas para prevenir y mitigar el desabastecimiento de medicamentos
Se modificarían los numerales 8.1 y 8.2.2 del artículo 8 y el artículo 18 del Decreto 334 de 2022, en relación a las modificaciones sobre aspectos administrativo legales, aspectos de calidad relacionados con cambios de riesgo menor y medidas para prevenir y mitigar el desabastecimiento de medicamentos. De su contenido se destaca:- En aras de fortalecer las medidas y acciones tendientes a garantizar el abastecimiento de medicamentos en el mercado local, no solo es necesario registrar, monitorear y hacer seguimiento a los incidentes o situaciones que implican una no comercialización temporal de medicamentos, sino también poderlo hacer y actuar oportunamente, frente a aquellas que implican una no comercialización definitiva de uno o más medicamentos por parte del titular de registro sanitario.
- En busca de fortalecimiento e incremento de la capacidad de fabricación, semi-elaboración, venta, importación de medicamentos, se establece que las modificaciones o cambios de riesgo menor sean efectuadas con acto administrativo de manera automática, lo cual permite agilidad en el trámite y a la vez contar con bases de datos actualizadas.