Proyecta disposiciones del gestor comunitario en salud para el fortalecimiento de la Atención Primaria en Salud, en el marco del SGSSS
Establece el alcance del gestor comunitario en salud como un agente de la estrategia de Atención Primaria en Salud, en el marco de la Política de Atención Integral de Salud. De su contenido se destaca:- El Gestor Comunitario en Salud es una persona natural reconocida como un talento humano de apoyo al proceso de atención en salud de las personas, familias y comunidades, que cumple con un proceso de formación o entrenamiento basado en competencias.
- Define el alcance, propósito, formación y los criterios para la selección del Gestor Comunitario en Salud.
- Los aseguradores, prestadores de servicios de salud y ET como actores del SGSSS, podrán vincular gestores comunitarios en salud como parte de los equipos institucionales responsables de la garantía del derecho a la salud, para ello deben crear los mecanismos para la vinculación y financiación de este agente como trabajador de apoyo comunitario.
- Los integrantes del SGSSS, de acuerdo con sus competencias, responsabilidades y funciones deben establecer los mecanismos para registrar, sistematizar y retroalimentar los procesos de delegación y supervisión, en aras de fortalecer el alcance y la presencia de los gestores comunitarios en salud en las poblaciones.