Proyecta el procedimiento para determinar en primera oportunidad el origen de la enfermedad o el accidente y la pérdida de la capacidad laboral y ocupacional (versión 6)

Establecería el procedimiento para determinar en primera oportunidad el origen de la enfermedad o el accidente, calificar la pérdida de la capacidad laboral y ocupacional, el grado de invalidez y la fecha de su estructuración, así como la revisión del estado de invalidez, con el fin de determinar el derecho al reconocimiento de prestaciones asistenciales y económicas contempladas en el Sistema de Seguridad Social Integral. De su contenido se destaca:
  1. Este proyecto ha sido publicado para comentarios en los años 2019, 2020, 2021 y 2023.
  2. Aplica para ARL, EPS, AFP, IPS y compañías de seguros que asuman el riesgo de invalidez y muerte, entre otros.
  3. Las entidades competentes para calificar en primera oportunidad son ARL, EPS, AFP y compañías de seguros que asuman el riesgo de invalidez y muerte. Además, se establecen obligaciones para estas entidades.
  4. Establece obligaciones para las IPS, aportantes y de la persona a calificar.
  5. Eventos para iniciar la calificación de pérdida de capacidad laboral y la fecha de estructuración en primera oportunidad.
  6. Define el procedimiento para la calificación en primera oportunidad.
  7. Fijaría un periodo de transición para la implementación de 3 meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma.
Se recibirán comentarios hasta el 01 de abril de 2025.
(MinSalud, Proyecto de Decreto, 28-mar-25)

Descargue el proyecto