Proyecta modificación del cálculo del Patrimonio Adecuado de las EPS

Se modificarían los artículos 2.1.11.11, 2.5.2.2.1.7 y 2.5.2.2.1.20 del Decreto 780 de 2016 en relación con el cálculo del Patrimonio Adecuado. De su contenido se destaca:
  1. Se generarían medidas que permitan reducir el impacto en las condiciones financieras por efectos de la asignación de afiliados y del incremento de la UPC con inclusiones, que permitan modular las condiciones de tiempo y modo en relación con el patrimonio adecuado.
  2. Los recursos adicionales percibidos por concepto de la UPC con inclusiones a partir de la vigencia 2022, que se financiaban con presupuestos máximos, serán tenidos en cuenta, de manera progresiva, en lo referente a la constitución del patrimonio adecuado de la siguiente manera: a) a partir del 1 de enero de 2022 el 25%; b) a partir del 1 de enero de 2023 el 50%; y c) a partir del 1 de enero de 2024, el 100%
  3. Se establecerían los criterios a tener en cuenta por la SNS para la verificación de las condiciones de habilitación financiera y de solvencia, una vez cumplidos los términos del acuerdo de punto final del régimen subsidiado y contributivo y, en especial, la forma en que se descontaría el efecto del deterioro de dichas cuentas.
  4. Para efectos de la verificación de las condiciones financieras y de solvencia de las EPS, la Superintendencia Nacional de Salud hasta el 30 de septiembre de 2022, descontará el efecto del deterioro de las cuentas por cobrar asociadas a servicios y tecnologías en salud no financiadas con cargo a la UPC de los regímenes contributivo y subsidiado prestadas hasta 31 de diciembre de 2019.
Se recibirán comentarios hasta el 17 de junio de 2022.
(MinSalud, Proyecto de Decreto, 02-jun-22)

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