Se proyecta el procedimiento para determinar en primera oportunidad el origen de la enfermedad o el accidente, la pérdida de capacidad laboral, el grado de invalidez, la fecha de estructuración, y su revisión
MinSalud proyecta el procedimiento para determinar en primera oportunidad el origen de la enfermedad o el accidente, la pérdida de capacidad laboral, el grado de invalidez, la fecha de estructuración, y su revisión; esto, con el fin de determinar el derecho al reconocimiento de prestaciones asistenciales y económicas contempladas en el SSSI. Del proyecto normativo resalta:- Se consagra el acceso a la historia clínica, siempre que medie autorización; se dispone que deberá ser remitida por la IPS a la entidad calificadora en máximo 5 días calendario.
- Se establecen las entidades competentes para calificar en primera oportunidad: ARL, Colpensiones, EPS, EOC, Aseguradoras que asuman invalidez y muerte, AFP (cuando no estén cubiertas por seguro).
- Se reglamenta el procedimiento de calificación en primera oportunidad; y la competencia de la entidad calificadora.
- Se disponen obligaciones adicionales en cabeza de las IPS y de las personas a calificar.