Se sustituye la regulación sobre el reconocimiento y pago de las prestaciones económicas del Sistema General de Seguridad Social en Salud
Establece las reglas para la expedición, reconocimiento y pago de las licencias de maternidad, paternidad, parentales en sus diferentes modalidades, las incapacidades de origen común, incluidas las superiores a 540 días y define las situaciones de abuso del derecho y el procedimiento que debe adelantarse antes estas, entre otros. De su contenido se destaca:- Establece condiciones para el reconocimiento y pago y certificado médico de las licencias de maternidad, paternidad, parentales en sus diferentes modalidades, derivadas del proceso gestacional y licencia para el cuidado de la niñez.
- Fija condiciones para el reconocimiento y pago y certificado médico de incapacidades de origen común.
- Dispone sobre los documentos, validación, liquidación y pago de las prestaciones económicas.
- Las glosas subsanables que en el trámite de pago de las licencias que hayan sido impuestas por la ADRES a las EPS con anterioridad a la expedición del Decreto 1427 de 2022, así como las radicadas durante su vigencia, podrán ser presentadas dentro de los 6 meses siguientes a la entrada en vigencia de este Decreto.