Indica seguir Reglas Unificadas para la Atención de Complicaciones por Biopolímeros e Implantes Mamarios
Minsalud establece reglas unificadas para la atención en salud de pacientes con complicaciones causadas por sustancias modelantes invasivas e inyectables no permitidas, como biopolímeros, y por implantes mamarios, en cumplimiento de la sentencia SU-239 de 2024 de la Corte Constitucional. Obligaciones de Cumplimiento- Todas las instituciones de salud y sus integrantes deben garantizar la atención de salud para la extracción de biopolímeros e implantes mamarios, siguiendo las reglas establecidas por la Corte Constitucional presentes en esta Circular.
- Los médicos tratantes y EPS no pueden abstenerse de ordenar o autorizar citas con especialistas, exámenes y procedimientos necesarios para tratar las complicaciones derivadas de estos procedimientos estéticos.
- Las EPS deben someter a valoración los dictámenes y órdenes médicas proferidas por médicos particulares para determinar el diagnóstico y tratamiento requerido.
- Cobertura de procedimientos: Los procedimientos reconstructivos y de extracción de biopolímeros e implantes mamarios enlistados en esta circular serán financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) cuando tengan una finalidad funcional, y deben ser garantizados por las EPS. Porto tanto, si en los procesos de tutela se cuenta con fórmula médica se ampara derecho a la salud y se ordena el procedimiento.
- Reglas jurisprudenciales: La circular establece reglas claras sobre la cobertura de procedimientos estéticos cuando estos tienen como finalidad principal la recuperación de la dignidad y salud mental de las personas.