Da instrucciones para fortalecer acciones entorno a la vigilancia y gestión de la tos ferina
Minsalud busca fortalecer las acciones de vacunación, vigilancia y laboratorio para la infección de tos ferina en Colombia, debido al aumento de casos reportados en el país y en la región de las Américas. Obligaciones de Cumplimiento- Vacunación: Las entidades EAPB e IPS deben garantizar la vacunación de gestantes a partir de la semana 26 de gestación y de niños con la vacuna pentavalente y DTP; garantizar la implementación de guía práctica clínica de tos ferina y eliminar barreras administrativas en el acceso de diagnóstico y tratamiento de casos.
- Diagnóstico y tratamiento: Las IPS y laboratorios deben asegurar la toma de muestras, diagnóstico y tratamiento oportuno de los casos probables y confirmados de tos ferina.
- Notificación y seguimiento: Las entidades territoriales deben notificar inmediatamente los casos probables de tos ferina para que se les tome muestra para ser procesada en su red prestadora de servicios; y realizar investigaciones epidemiológicas de campo dentro de las primeras 72 horas posteriores a la notificación.
- Cobertura de vacunación: Se busca alcanzar una cobertura del 95% o más en la vacunación de niños y gestantes.
- Medidas de control: las entidades territoriales municipales deben establecer medidas específicas para el control de la tos ferina, incluyendo el aislamiento de casos y la profilaxis para contactos estrechos.
- La circular deroga la Circular Externa Conjunta No. 1000-0011 del 31 de julio de 2019.
- Educación y comunicación: Se enfatiza la importancia de realizar actividades de promoción y prevención, incluyendo sesiones de educación sobre la tos ferina dirigidas a padres, cuidadores y personal de salud.
- Coordinación entre actores: Se insta a una coordinación estrecha entre las entidades territoriales, las IPS, las EPS y otros actores para asegurar la implementación efectiva de las medidas establecidas.