Instrucciones para el fortalecimiento de las acciones dirigidas al control del cáncer en Colombia.

Minsalud, atendiendo al Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, el cual establece como prioridad el fortalecimiento de la detección temprana, la prevención, el acceso oportuno y el control del cáncer, implementará un plan choque que permita definir acciones estratégicas y operativas dirigidas a la atención integral de cáncer de mama, cuello uterino, colon, recto, próstata, gástrico y cáncer infantil. El plan choque estará integrado por 5 componentes:
  1. Organización de la red de servicios en salud.
  2. Fortalecimiento de las competencias del talento humano en salud.
  3. Programa de aseguramiento de la calidad.
  4. Información, educación y comunicación.
  5. Seguimiento y monitoreo.
Las Entidades Promotoras de Salud deberán, entre otras cosas:
  1. Organizar y gestionar la red para la atención integral del cáncer, desde la detección temprana, confirmación diagnóstica e inicio del tratamiento.
  2. Garantizar la disponibilidad, suficiencia y completitud de la oferta de servicios de salud, capacidad instalada y tecnologías en salud para la detección de cáncer.
  3. Fortalecer e implementar acciones de seguimiento y monitoreo a las actividades de tamización, diagnóstico e inicio de tratamiento.
  4. Gestionar dentro de su talento humano, la figura de gestor de caso o navegador.
  Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud deberán, entre otras cosas:
  1. Garantizar la capacidad instalada, suficiente y adecuada para la efectiva prestación de servicios y procedimientos de detección temprana del cáncer adulto y atención de niños, niñas y adolescentes
  2. Fortalecer y generar estrategias para realizar demanda inducida, invitación personalizada, masiva, captación de oportunidad a la población sujeto de acciones de detección temprana de cáncer.
  3. Gestionar de forma ágil la entrega de los resultados de las pruebas de tamización, garantizando la educación e información y la adherencia a cada uno de los procesos de la detección temprana
  4. Realizar entrenamiento al profesional de salud en el adecuado diligenciamiento del RIPS modificado, historia clínica, ficha de notificación de los protocolos del SIVIGILA.
Minsalud, Circular Conjunta 010 de 2024, 02-jul-24

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