Modificaciones en materia de formadores de liquidez del mercado de valores y operaciones del mercado monetario.
MinHacienda, con el fin de mejorar la liquidez del mercado de capitales local y diversificar la base de inversionistas del mercado de valores colombiano, proyecta modificaciones del Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con formadores de liquidez del mercado de valores y operaciones del mercado monetario. De su contenido se destaca:- Las sociedades comisionistas de bolsa podrán administrar fondos de pensiones voluntarias.
- Para la financiación de valores se deberá contar con un sistema para la administración del riesgo de crédito.
- ¿Quiénes podrán serlo?: Sociedades comisionistas de bolsa de valores establecimiento bancario, corporaciones financieras y compañías de financiamiento.
- Mecanismos de actuación de los formadores de liquidez de mercado de valores: Las actuaciones y operaciones podrán realizarse a través de:
- Fondos propios.
- Fondos provenientes del emisor.
- Fondos provenientes de terceros.
- Las sociedades comisionistas de bolsa de valores en su actividad como formadores de liquidez deberán observar los límites establecidos para la realización de ofertas públicas de adquisición.