Modificaciones en lo relacionado con las Administradoras del Componente Complementarios de Ahorros Individual del Pilar Contributivo.

En el marco del nuevo Sistema Pensional, MinHacienda:
  1. Establece los requisitos que deben cumplir las Administradoras del Componente Complementario Ahorro Individual para administrar fondos de pensiones.
  2. Fija con criterio técnico el nivel de patrimonio adecuado para las entidades que administren los fondos de pensiones.
  3. Señala el capital mínimo para el desarrollo de la operación.
  4. Define estándares mínimos de gobierno corporativo.
MinHacienda, Decreto 1558 de 2024, 24-dic-24

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