Reglamenta los conflictos de interés y competencia con la sociedad por parte de los administradores
Se incluye en el Decreto Único del Sector Comercio la definición de conflicto de interés y la determinación de los conflictos vinculados al administrador. Además, señala el procedimiento que debe adelantarse al interior de las sociedades, la identificación de las operaciones entre empresas que pertenecen a un grupo empresarial.
Así mismo, establece la diferencia al criterio de discrecionalidad empresarial de los administradores en el entendido que las autoridades respetarán el criterio de los administradores en la toma de decisiones. No obstante, esa presunción quedará desvirtuada en aquellos casos que los administradores obren de mala fe.
Plazo para comentarios hasta el lunes 30 de octubre de 2023.
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