Proyecta criterios y herramientas para la identificación, creación y delimitación de las áreas de vida.

Minambiente busca consagrar los criterios y herramientas frente a la creación de áreas de vida De su contenido se destaca:
  • Creación y delimitación de las Áreas de vida: Las autoridades municipales tendrán un plazo máximo de tres (3) meses para definir las áreas de vida, contados entrada en vigor de la presente resolución.
 
  • Programa de siembra: Será construido por las medianas y grandes empresas y aprobado por la autoridad ambiental mediante concepto técnico.
 
  • Plazo de presentación del programa: 2 meses contados a partir del plazo establecido para la delimitación e identificación de Áreas de Vida.
 
  • Componentes mínimos del programa:
  1. Identificación del Área o Áreas de Vida.
  2. Tipo de implementación.
  3. Descripción del área de intervención.
  4. Objetivos y alcance del programa de siembra.
  5. Enfoque y estrategia.
  6. Estrategia de seguimiento, mantenimiento y monitorea.
  7. Alternativas al cumplimiento por espacio finito.
  • Forma de cumplimiento: En cualquier Área de Vida delimitada y de manera agrupada o individual.
 
  • Definición de árboles a plantar: El representante legal deberá presentar certificación donde conste el número total de empleados con contrato laboral vigente.
Se reciben comentarios hasta el 2 de julio de 2024.
Minambiente,Proyecto de Resolución, 17-jun-24

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