Proyecta criterios y herramientas para la identificación, creación y delimitación de las áreas de vida.
Minambiente busca consagrar los criterios y herramientas frente a la creación de áreas de vida De su contenido se destaca:- Creación y delimitación de las Áreas de vida: Las autoridades municipales tendrán un plazo máximo de tres (3) meses para definir las áreas de vida, contados entrada en vigor de la presente resolución.
- Programa de siembra: Será construido por las medianas y grandes empresas y aprobado por la autoridad ambiental mediante concepto técnico.
- Plazo de presentación del programa: 2 meses contados a partir del plazo establecido para la delimitación e identificación de Áreas de Vida.
- Componentes mínimos del programa:
- Identificación del Área o Áreas de Vida.
- Tipo de implementación.
- Descripción del área de intervención.
- Objetivos y alcance del programa de siembra.
- Enfoque y estrategia.
- Estrategia de seguimiento, mantenimiento y monitorea.
- Alternativas al cumplimiento por espacio finito.
- Forma de cumplimiento: En cualquier Área de Vida delimitada y de manera agrupada o individual.
- Definición de árboles a plantar: El representante legal deberá presentar certificación donde conste el número total de empleados con contrato laboral vigente.