A partir del 22 de junio de 2022, se prorroga hasta el 1 de enero de 2023 la entrada en vigencia del Capítulo XVIII de la Ley Especial de Personas con Discapacidad, en lo relativo al “Tribunal Sancionador, Infracciones, Sanciones y Procedimiento”, con el fin de brindar un tiempo prudencial para el análisis de las reformas que sean necesarias para su implementación.
Entre los artículos de mayor incidencia que contiene el capítulo se incluyen los art. del 124 al 127 que contemplan las infracciones. Dentro del art. 127 se desarrolla como infracción grave el no cumplir con la cuota de contratación de personas con discapacidad establecida dentro de la misma ley, con multas de 7 a 9 salarios mínimos mensuales.