La ADRES proyecta la posibilita la remisión y corrección de información para el reconocimiento y pago de las pruebas COVID-19, realizadas entre el 17 de marzo y el 25 de agosto de 2020.
La ADRES proyecta la apertura de un nuevo periodo de presentación de información y modifica el término para la corrección de la misma, respecto de las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico COVID-19, realizadas entre el 17 de marzo y el 25 de agosto de 2020. Del proyecto destaca:- Se dispone un segundo periodo, entre el 01 y el 30 de abril de 2021, para la presentación de las solicitudes de reconocimiento y pago de pruebas COVID-19. El primer periodo estuvo comprendido entre el 15 de febrero y el 15 de marzo de 2021.
- Al presentar la información, cada EPS o EOC deberá validar que el valor presentado ante la ADRES no exceda el monto definido en la Resolución 2461 de 2020 para cada ente.
- Se consagra que el periodo para la corrección de la solicitud no podrá ser superior a mayo de 2021.