Camara de Diputados publica la Iniciativa de Reforma y Adición de Diversas Disposiciones de la Ley Federal Del Trabajo (LFT)
El Poder Ejecutivo Federal expone la iniciativa que tiene por objetivo fortalecer la protección de las personas trabajadoras ante las enfermedades y accidentes que puedan sufrir en ejercicio o con motivo de su trabajo, a través de la actualización del listado de enfermedades y riesgos de trabajo. Aspectos relevantes de la iniciativa del Poder Ejecutivo Federal: a) Actualiza la tabla de enfermedades de trabajo adicionando nuevos padecimientos. b) Incorpora actividades económicas y puestos de trabajo susceptibles de contraer la enfermedad de trabajo. c) Incluye el Covid-19 en el grupo de patologías infecciosas y parasitarias. d) Reconoce como enfermedad el trastorno de ansiedad, trastornos no orgánicos del ciclo sueño- vigilia, trastorno asociado con el estrés y trastorno depresivo. e) Incrementa las enfermedades derivadas por intoxicaciones de 36 a 46; f) Agrupar enfermedades como neumoconiosis y enfermedades broncopulmonares producidas por aspiración de polvos y humos de origen animal, vegetal o mineral, así como enfermedades de las vías respiratorias producidas por inhalación de gases o vapores y enfermedades del sistema respiratorio; g) Aumenta de 10 a 14 las enfermedades producidas por factores mecánicos y variaciones de los elementos naturales del medio de trabajo; h) Aclara que la STPS escuchará la opinión de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, de la Secretaría de Salud, de la SEMARNAT, así como de especialistas en la materia; i) Refiere que las tablas de enfermedades de trabajo, así como el catálogo de cédulas para la evaluación de enfermedades de trabajo serán revisadas al menos cada cinco años a partir de su publicación; j) Determina que la STS podrá a disposición de la persona titular del Ejecutivo Federal la tabla de enfermedades de trabajo y la tabla para la evaluación de incapacidades permanentes resultante de los riesgos de trabajo; y, k)Resalta que las enfermedades de trabajo reconocidas pasarán de 161 a 194 en las cuales se incluirán los datos e identificación como nombre y código. Que el derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable, inalienable y universal y, por tanto, es fundamental garantizarlo en la normatividad en la materia; por tanto, todas las personas tienen el derecho a la salud y a la seguridad social, particularmente de las personas con discapacidad, reconocidos en los instrumentos internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, así como la Constitución Federal y las leyes secundarias. Es importante mencionar que aún no hay fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).Publicación de la Iniciativa de Reforma y Adición de Diversas Disposiciones de la Ley Federal Del Trabajo.
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