Se reglamenta la factura del impuesto de renta y complementarios
De la norma se destaca:- La facturación del impuesto de renta podrá comprender el año gravable 2021.
- La DIAN enviará la factura a los sujetos obligados teniendo en cuenta la disponibilidad y análisis e la información con la que cuenten esa entidad.
- La DIAN inscribirá de oficio en el RUT a quienes no lo estén.
- Si la persona está de acuerdo con el contenido de la factura deberá ingresar al sistema que habilite la DIAN y presentar la factura sin que por ello se entienda declarado el impuesto. Si no está de acuerdo deberá ingresar al sistema y diligenciar con base en los valores que le correspondan.
- La DIAN puede revocar las facturas que tengan inconsistencias.
- Rige a partir del 8 de agosto de 2022