Se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la DIAN, por el año gravable 2021, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega
Por medio de la presente resolución se establecen como sujetos obligados a presentar información exógena por el año gravable 2021 a las entidades vigiladas por la SuperFinanciera. Así mismo, se establece la información que deben reportar por períodos mensuales y anuales las entidades financieras, dentro de las cuales se encuentran, entre otros: (i) Información de cuentas corrientes y/o ahorros; (ii) Información de inversiones en certificados a término fijo y/o otros títulos; (iii) Información de consumos con tarjetas de crédito; (iv) Información de los fondos de inversión colectiva; (v) Información de los fondos de pensiones obligatorias, fondos de pensiones, jubilación e invalidez, seguros privados de pensiones.Resolución 098 de 2020, DIAN
Se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la DIAN, por el año gravable 2021, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega