Determina el contenido y características técnicas de la información cambiaria de los informes de endeudamiento externo que se debe presentar a la DIAN.

A través de este proyecto la DIAN busca establecer los obligados en presentar información de las operaciones de cambio, tales como, los intermediarios del mercado cambiario autorizados, los titulares de cuentas de compensación registradas ante el Banco de la República y los concesionarios de servicios de correos. En ese orden, reglamenta:
  1. El contenido y características de la información que se debe reportar.
  2. La información que se debe presentar en el mes siguiente al trimestre en que se canalizaron, modificaron, cambiaron y/o legalizaron las declaraciones de los datos de cambio.
  3. El incumplimiento del reporte de la información genera la imposición de sanción previstas en el régimen sancionatorio aplicable.
 
Proyecto de Resolución, DIAN

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