Proyecta modificación a disposiciones relacionadas con los requisitos para ser autorizado para actuar como autorretenedor del impuesto sobre la renta

Modificaría parcialmente la Resolución 5707 del 5 de agosto de 2019 “por la cual se establecen los requisitos para ser autorizado para actuar como autorretenedor del impuesto sobre la renta”. De su contenido se destaca:
  • Modificaría el numeral 6 del artículo 1 de la Resolución 5707 de 2019 para precisar que cuando un contribuyente tenga pérdida fiscal, no será causal de rechazo la solicitud de calificación como autorretenedor a título del impuesto sobre la renta y complementarios, cuando la misma tenga su origen por aplicación de beneficios tributarios, tales como: i) deducciones por pagos a viudas y huérfanos miembros de la fuerzas armadas, ii) deducción del primer empleo, iii) deducción de activos fijos reales productivos (contratos vigentes de estabilidad jurídica) entre otros.
 
  • Precisaría que la certificación que debe expedir el Revisor Fiscal o Contador Público debe contener un mayor nivel de detalle que permita verificar el origen de la pérdida fiscal, el beneficio tributario que la origina y la norma tributaria que la justifica.
(DIAN, Proyecto de Resolución, 12-mar-25)

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