Proyecta los requisitos, el procedimiento y las condiciones para la cancelación de oficio de la inscripción del RUT por inactividad tributaria

Pretende precisar disposiciones para la cancelación de oficio de la inscripción del Registro Único Tributario (RUT) por inactividad tributaria. De su contenido se destaca:
  1. Fija las causales de cancelación de oficio de la inscripción en el RUT por inactividad tributaria y las excepciones para la cancelación.
  2. Establece el procedimiento para la cancelación de oficio en el RUT, el cual constará de tres etapas: (I) identificación de los sujetos inactivos; (II) expedición y notificación del acto administrativo que ordena la cancelación; y (III) informe sobre los actos administrativos.
  3. En cualquier momento, los sujetos a quienes se les haya cancelado de oficio la inscripción en el RUT por inactividad tributaria podrán solicitar su reactivación.
Se recibirán comentarios hasta el 22 de febrero de 2025.
(DIAN, Proyecto de Resolución, 12-feb-25)

Descargue el proyecto