Concepto general tributación nómadas digitales
Mediante esta doctrina, la DIAN, precisa que los nómadas digitales:
- Son sujetos al impuesto a la renta. Tributarán como residentes o no residentes, según sea su tiempo de permanencia y los bienes inmuebles que adquieran en Colombia.
- Son sujetos a los demás impuestos del orden nacional. En todo caso, al ser considerados turistas pueden proceder al beneficio de la devolución del IVA, esto es, se les devuelve el IVA que hayan pagado en la compra de bienes gravados, no aplica para servicios.
- Importante que no vengan a trabajar para una empresa nacional, caso en el cual deberán aplicar la normativa laboral colombiana.
- En todo caso, se debe observar si el país en el que es residente fiscal tiene Convenio de Doble Imposición con Colombia, caso en el cual se debe aplicar la normativa del convenio.
DIAN, Concepto 09079 de 2023, 13-jul-2023
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