Suba del Mínimo No Imponible - Impuesto a las Ganancias
El día 11 de agosto de 2023 fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto Nro. 414/2023 del Poder Ejecutivo de la Nación mediante el cual se dispone, para el periodo fiscal 2023 y respecto del Impuesto a las Ganancias, una suba del mínimo no imponible al monto de $ 700.875 mensuales (remuneración y/o haber bruto), por lo que, por debajo de esta suma no corresponderá retención alguna de este tributo. Asimismo, en los meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 700.875 y resulte inferior o igual a $ 808.341, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada que será determinada por la AFIP. Las disposiciones del presente decreto entraron en vigencia el día 11 de agosto de 2023 y resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de agosto de 2023, inclusive.Decreto Nro. 414/2023 del Poder Ejecutivo de la Nación
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