Proyecta regulación relativa a los lineamientos mínimos para los Programas de Transparencia y Ética Empresarial

Pretende determinar los Lineamientos Mínimos que las Autoridades de Inspección, Vigilancia y Control, deben prever al momento de establecer las instrucciones para que sus sujetos vigilados expidan sus Programas de Transparencia y ética empresarial. De su contenido se destaca:
  1. Establece los aspectos que las autoridades que ejerzan supervisión, inspección, vigilancia y control, deberán contemplar en sus requisitos de contenido para la expedición de los lineamientos de los PTEE en su sector.
  2. Fija disposiciones teniendo en cuenta criterios tales como el sector, los riesgos del mismo, el monto de los activos, ingresos, el número de empleados y objeto social.
  3. Dispone las siguientes líneas de acción contra:
-Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva - LAFT FPADM. -Conflicto de intereses. -Lobby o Cabildeo. -Donaciones y contribuciones. -Prevención de corrupción en la contratación estatal. -Participación y financiación de candidatos y campañas políticas. -Gastos para regalos, viajes y entretenimiento. -Debida Diligencia en materia de prevención.
  1. Las Autoridades de Inspección, Vigilancia y Control tendrán un plazo de 1 año, contados a partir de la expedición del presente Decreto, para la emisión y/o actualización de los lineamientos sectoriales de los PTEE dirigidos a sus vigilados.
Se recibirán comentarios hasta el 21 de mayo de 2024.
(DAPRE, Proyecto de Decreto, 07-may-24)

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