Proyecta reglamentación en lo relacionado con los Programas de Transparencia y Ética Pública

Se reglamentaría el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, modificado por el artículo 31 de la Ley 2195 de 2022, en lo relacionado con las características, estándares, elementos, requisitos, procedimientos y controles mínimos que deben cumplir los Programas de Transparencia y Ética Pública. De su contenido se destaca:
  1. Aplica para las entidades públicas y las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, que presten función pública.
  2. Este es un programa de cumplimiento, es decir, una metodología mediante la cual una entidad define acciones estratégicas para promover, al interior de la organización, una cultura de la legalidad e identificar, medir, controlar y monitorear los riesgos para la integridad que se presentan en el desarrollo de su misionalidad.
  3. Con su implementación se busca fortalecer las estrategias de lucha contra la corrupción y la impunidad en el país.
  4. El Programa de Transparencia y Ética Pública tendría dos componentes: uno transversal y otro programático.
Se recibirán comentarios hasta el 19 de mayo de 2024. Ver Anexo
(DAPRE, Proyecto de Decreto, 02-may-24)

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