Disposiciones para garantizar el acceso universal y obligatorio, en todo el territorio nacional, al programa madre canguro, en beneficio de neonatos prematuros y/o de bajo peso al nacer

La presente ley tiene por objeto garantizar el acceso universal y obligatorio, en todo el territorio nacional, al Programa Madre Canguro, como una estrategia para asegurar los derechos prevalentes a la salud yola vida de los neonatos prematuros y/o de bajo peso al nacer en Colombia. De su contenido se destaca:
  1. EPS e IPS deberán garantizar que los niños y niñas prematuros y/o bajo peso al nacer accedan al Programa Madre Canguro.
  2. El personal médico y las instituciones que obstaculicen y/o nieguen la prestación del servicio de salud del Programa Madre Canguro serán sancionados penal y disciplinariamente.
  3. MinSalud deberá reglamentar en los próximos 6 meses la promoción del Programa Madre Canguro, guías de práctica clínica y los lineamientos para que el Programa Madre Canguro se adapte a las necesidades del territorio nacional y sus diversidades.
(Congreso, Ley 2433 de 2024, 06-nov-24)

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