Disposiciones para garantizar el acceso universal y obligatorio, en todo el territorio nacional, al programa madre canguro, en beneficio de neonatos prematuros y/o de bajo peso al nacer
La presente ley tiene por objeto garantizar el acceso universal y obligatorio, en todo el territorio nacional, al Programa Madre Canguro, como una estrategia para asegurar los derechos prevalentes a la salud yola vida de los neonatos prematuros y/o de bajo peso al nacer en Colombia. De su contenido se destaca:- EPS e IPS deberán garantizar que los niños y niñas prematuros y/o bajo peso al nacer accedan al Programa Madre Canguro.
- El personal médico y las instituciones que obstaculicen y/o nieguen la prestación del servicio de salud del Programa Madre Canguro serán sancionados penal y disciplinariamente.
- MinSalud deberá reglamentar en los próximos 6 meses la promoción del Programa Madre Canguro, guías de práctica clínica y los lineamientos para que el Programa Madre Canguro se adapte a las necesidades del territorio nacional y sus diversidades.