Marco para la transición energética y la reactivación económica
El Congreso de la República dispone el marco para la transición energética y la dinamización del mercado energético a través de la utilización, desarrollo y promoción de fuentes no convencionales de energía. Además, dispone medidas de reactivación económica y fortalecimiento de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible. De la ley destaca:- Incluye a los sistemas de almacenamiento de fuentes no convencionales de energía y uso eficiente de la energía, para integrarlos al mercado eléctrico. Además, relaciona el uso de estas fuentes con la prestación de servicios públicos domiciliarios y alumbrado público.
- Se amplía la declaratoria de Utilidad Pública e Interés Social, que no cobijaría solo las actividades de producción y utilización de fuentes no convencionales de energía, sino también el almacenamiento, administración, operación y mantenimiento de estas fuentes.
- Dispone que los proyectos de “Hidrógeno Verde” e “Hidrógeno Azul” podrán acceder a los beneficios de deducción de renta, exclusión de IVA, cero aranceles y depreciación acelerada.
- Determina que los medidores inteligentes no tendrán ningún costo adicional para los usuarios.