Se autoriza el reconocimiento de honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales (JAL)
El Congreso de la república autoriza a los alcaldes el pago de honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales (JAL). Se regula la composición de estas corporaciones y se determina el mecanismo por medio del cual se determinará el reconocimiento de los honorarios a sus miembros. De la norma, resalta la obligación en cabeza de las alcaldías con más de 100.000 habitantes respecto de la suscripción de una Póliza de Seguro que garantice la seguridad social en salud y riesgos laborales de los ediles, con un IBC equivalente a 1 SMLMV.
Congreso, Ley 2086 de 2021
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