Condiciones para el reconocimiento y pago de pruebas COVID practicadas durante la emergencia sanitaria y posterior al 1 de julio de 2022

Se determinan los términos y condiciones para el reconocimiento y pago de las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico SARS CoV2 – COVID 2019 realizadas en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud. El reconocimiento y pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal que tenga la ADRES para la atención de este particular. La ADRES dispondrá de una herramienta para realizar la presentación de la información de las pruebas, por lo que corresponde a las EPS consultar la página web de esa entidad acceder al portal definido para la presentación de la información. Ver norma R. 61289 Ver norma R. 61290
ADRES, Resolución 61289 y 61290 de 2024,6-may-2024

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