Por medio del cual se suspenden los términos en los procedimientos y actuaciones administrativas en materia tributaria desde el 31 de marzo del 2020 hasta la vigencia de la declaratoria de emergencia nacional. Esta suspensión aplica para los términos que estén corriendo para la administración y los contribuyentes, por lo cual los días transcurridos desde el 31 de marzo hasta el 13 de abril no se tomarán en cuenta.