Medidas para favorecer el acceso de los hogares más vulnerables a los productos de la canasta básica, medicamentos y dispositivos médicos
Se establece que se van a fijar los listados de productos de primera necesidad, y el DANE realizará el seguimiento cada 5 días de los precios de dichos productos, así como de los insumos requeridos para su elaboración.
Igualmente, el Ministerio de Comercio adoptará medidas para revenir la especulación, aparcamiento y usura de los productos.
Los gobernadores y alcaldes del país deberán apoyar la función de inspección, vigilancia y control, mediante el reporte a la Superintendencia de Industria y Comercio de aquellas eventuales variaciones significativas y atípicas en los precios de los productos.
Documento
Descarga el documento oficial emitido