Se amplían términos para atender las peticiones en el marco de la situación de emergencia sanitaria decretada en el territorio nacional

  • Ampliar los términos para atender peticiones presentadas durante la emergencia sanitaria, salvo norma especial toda petición deberá resolverse dentro del término de 30 días.
  • Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro del término de 20 días a partir de su presentación.
  • Las peticiones mediante las cuales se eleva a consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta y cinco (35) días siguientes a su recepción
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