Medidas en materia de procesos de insolvencia
Este régimen de insolvencia tiene por objeto mitigar extensión de los efectos sobre las empresas afectadas por el COVID-19. Estas medidas estarán vigentes por el término de 2 años, dentro de ellas se destaca que el juez del concurso no realizará auditoría sobre el contenido o exactitud de los documentos aportados ni sobre la información financiera o cumplimiento de las políticas contables, lo cual será responsabilidad exclusiva del deudor y su contador o revisor fiscal; y se flexibilizará el pago de pequeños acreedores para mitigar su afectación con el proceso de reorganización de la empresa. Igualmente, se establecen una serie de mecanismos de alivio financiero y reactivación empresarial, y los aspectos tributarios sobre retención en la fuente y renta presuntiva.
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