Se ordena el aislamiento preventivo obligatorio desde las cero horas del 13 de abril hasta las cero horas del 27 de abril, y se establecen las excepciones a la medida.

Se ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas del día 13 de abril 2020, hasta las cero horas del día 27 de abril de 2020. Con el fin de garantizar que el aislamiento garantice el derecho a vida, a la salud y la supervivencia, se consagran una serie de excepciones, dentro de las cuales se destacan: prestación de servicios de salud, adquisición de bienes de primera necesidad (comida y medicamentos), desplazamiento a servicios bancarios y financieros y la prestación de servicios de vigilancia. Igualmente, se suspende el transporte doméstico por vía aérea.
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