Proyecta reglamentación de multa por despido de victima denunciante de acoso sexual en el contexto laboral

Reglamentaría el parágrafo del artículo 14 de la Ley 2365 de 2024, en lo relacionado con la multa a imponer por incurrir en despido efectuado en el trámite de un proceso por acoso sexual en el contexto laboral y/o dentro de los seis meses siguientes a la interposición de la queja. De su contenido se destaca:
  1. Para efectos de aplicar los principios de razonabilidad y proporcionalidad para graduar la sanción, se tendrá en cuenta el número de trabajadores en la planta de personal y el cálculo de la capacidad económica y/o financiera del infractor.
  2. La multa será entre 1 y 5000 salarios mínimos legales diarios vigentes, atendiendo a los criterios de razonabilidad de acuerdo con el tamaño de la empresa.
  3. Corresponde al MinTrabajo adelantar los procedimientos administrativos sancionatorios derivados del despido efectuado en el trámite de un proceso por acoso sexual en el contexto laboral.
Se recibirán comentarios hasta el 21 de diciembre de 2024.
(MinTrabajo, Proyecto de Decreto, 06-dic-24)

Descargue el proyecto