Informa aspectos relacionados con el cumplimiento de las normas de protección al consumidor financiero.

La Superfinanciera insta a las entidades vigiladas a adherirse estrictamente la normas y prácticas relacionadas con la protección del consumidor financiero, recalcando que se deben tener presentes las siguientes cláusulas y prácticas abusivas:
  1. Establecer restricciones para el recaudo y el pago de las obligaciones que no responden a criterios claros y plenamente establecidos.
  2. Adelantar prácticas que impliquen una limitación o renuncia al ejercicio de los derechos de los consumidores financieros tales como limitar el pago anticipado total o parcial de la obligación o la posibilidad de elegir si se abona a capital con disminución de plazo.
Se advierte que la estipulación, uso o realización de las prácticas y cláusulas abusivas están prohibidas y podrán ser sancionadas por la Superfinanciera.
Superfinanciera, Carta Circular 058 de 2024, 30-sep-2024

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