Prevención, identificación y atención de acoso laboral, acoso sexual y discriminación contra las personas de los sectores sociales LGBTIQ+ en el ámbito laboral
MinTrabajo busca prevenir, identificar, atender y reparar situaciones de acoso laboral, sexual y discriminación contra las personas pertenecientes a sectores LGBTIQ+. De su contenido se destaca:- Recuerda las conductas que constituyen acoso laboral, según lo dispuesto en el artículo 7 de la ley 1010 de 2006.
- La Corte Constitucional en sentencia SU-067 de 2023 reconoció las conductas que constituyen acoso laboral para el sector LGBTIQ+, siempre y cuando sean reiterativas y públicas.
- Establece las conductas y expresiones que se entienden como acoso sexual para el sector LGBTIQ+, tomando como base la Circular 026 de 2023.
- Se insta a no difundir y/o divulgar las historias clínicas, diagnósticos o tratamientos de las cuales se tenga información por motivos laborales, de las personas pertenecientes al sector LGBTIQ+.
- Se entenderán como actos de discriminación los reglamentos internos en las empresas o las ordenes de jefes o superiores orientadas a que los trabajadores oculten su orientación sexual o identidad de género diversa.
- Invita a realizar procesos de selección inclusivos y sin discriminación, centrados en reconocer las capacidades laborales de sus posibles trabajadores.
- Insta a las empresas a incluir u enfoque diferencial que reconozca sectores LGBTIQ+ en las políticas, protocolos, reglamentos internos y comités de convivencia laboral, entre otros.4