Reglamentación de los Programas de Transparencia y Ética Pública
DAPRE reglamenta el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 en lo relacionado con los Programas de Transparencia y Ética Pública. De su contenido se destaca:- ¿A quién aplica?: A las entidades obligadas del orden nacional, departamental y municipal.
- ¿Cuál es la metodología y estructura de los Programas de Transparencia y Ética Pública?: Se tendrán en cuenta los siguientes lineamientos:
- Elaborar un Proyecto de anexo técnico en el que se señale la metodología y estructura.
- Publicar su sede electrónica por un período de 15 días calendario el Proyecto del anexo técnico para observaciones.
- Publicar en su sede electrónica el anexo técnico y la matriz que contiene las observaciones recibidas y las respuestas a estas.
- Es deber de cada entidad desarrollar su propio Programa de Transparencia y Ética Pública, para lo cual la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República podrá ofrecer guías, manuales, conceptos y asistencia, complementarios al Anexo Técnico, en los casos que se requiera.