Proyecta asignación de recursos destinados a la cofinanciación de las atenciones de urgencia prestadas a la población migrante no asegurada o en condición irregular

Los recursos asignados serán destinados exclusivamente al saneamiento de la facturación auditada, reconocida y pendiente de pago de las IPS públicas, privadas y mixtas, informada por las entidades territoriales a este Ministerio, en el marco de la Resolución 220 de 2024. Los recursos asignados serán girados por la ADRES a las IPS, en nombre de las entidades territoriales, a la cuenta registrada ante dicha entidad, dentro de los 5 días siguientes a la expedición del presente acto administrativo. Las IPS deberán registrar en sus estados contables y financieros el valor del giro recibido, con base en la información suministrada por las entidades territoriales y lo publicado por la ADRES, dentro del mes siguiente al reporte realizado por la entidad territorial de la facturación a la cual se le debe aplicar el giro. Se recibirán comentarios hasta el 6 de septiembre de 2024.
(MinSalud, Proyecto de Resolución, 23-ago-24)

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